COFEPRIS: Requisitos básicos a cumplir en unidades médicas de especialidad estética
- ghb arquitectos
- 7 oct 2021
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Actualizado: 9 oct 2021
especialidad estética
La COFEPRIS (Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios) es la autoridad sanitaria encargada de proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como su exposición a factores ambientales, laborales, la ocurrencia de emergencias sanitarias y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.

Es, con este marco de referencia, que la autoridad tiene la facultad de evaluar las clínicas del primer y segundo nivel a través de sus infraestructuras. Esta realidad de diseño es un factor muy importante, ya que logra impactar en la atención a cada persona llegando hasta su pronta y satisfactoria recuperación, por lo que suena lógico que la instancia gubernamental evalúe que el diseño sea el adecuado.
En particular, para las clínicas de cirugía plástica, estética y reconstructiva, nos proporciona una serie de requisitos básicos que deben cumplir con base en el artículo 272 BIS 1 de la Ley General de Salud, donde señala que la cirugía relacionada con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo deben efectuarse en establecimientos o unidades médicas que cumplan con:
Aviso de funcionamiento actualizado ante la COFEPRIS
Licencia sanitaria, en el caso de prestar servicios quirúrgicos
Profesionales de la salud con documentación que acredite la especialidad
Responsable sanitario con preparación acorde a la actividad del establecimiento
Unidad quirúrgica dividida en tres zonas: negra, blanca y gris
Central de esterilización y equipos
Central de gases: oxígeno y óxido nitroso para el área quirúrgica
Manual para el manejo de residuos peligrosos biológicos infeccioso
Protocolos y procedimientos de atención médica
Las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales, clínicas y consultorios de atención médica especializada están reguladas por la NOM-016-SSA3-2012.



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